POSTURA DE LA F.A.C.A. SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO 24557

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), hace suyos los términos del Dictamen que elevó a su consideración la Sección de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de su Instituto de Estudios Legislativos IDEL con motivo del Proyecto de Reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557 y lo eleva para su consideración ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, atento a estar a su consideración el mismo.
De sancionarse dicha ley quedará afectado para los trabajadores víctimas de infortunios el derecho humano fundamental de ingreso irrestricto a un tribunal competente independiente e imparcial, mediante un recurso sencillo efectivo y rápido (arts. 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos).
 
Buenos Aires, 12 de diciembre del 2016.
Dr. Eduardo Massot.
Presidente de la F.A.C.A.
 
 
EL FUERO DEL TRABAJO Y LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES
DECLARACIÓN DE LA SECCIÓN DE DERECHO DEL TRABAJO DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS (IDEL) DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS (FACA).
 

  • La justicia del trabajo es el último refugio con que cuentan los trabajadores cuando padecen actos ilícitos o daños sufridos en ocasión de la dación de tareas. Cuando ella se torna ineficiente y no cumple su misión, a los trabajadores sólo les espera la marginalidad social y la miseria.  En un país en el que la corrupción empresaria ha llegado al punto del escándalo, el trato que reciben los trabajadores y la burla sistemática y fraudulenta del orden público social es natural al abuso y la explotación. Siendo las víctimas de esa corrupción, sujetos de especial consideración tuitiva constitucional, necesitan de abogados para su defensa.
  • El fuero del trabajo y el ejercicio de la abogacía en el mismo, merecen un trato justo que no reciben, de la prensa sensible a los intereses empresarios, ni del presidente de la República.
  • No hay acceso a la justicia de los sectores más desprotegidos de la población, sin el ejercicio libre, honesto y digno de la defensa.
  • El IDEL-FACA advierte que la justicia del trabajo viene siendo objeto de un trato peyorativo, al mismo tiempo que se deja de proveer los recursos humanos y materiales para que pueda cumplir su cometido. Prueba de ello es la falta de provisión de los cargos de los magistrados, permaneciendo vacantes los puestos de desempeño, por incuria del Poder Ejecutivo en la elevación de los pliegos.
  • A comienzos de junio pasado, estaban vacantes 29 Juzgados de Primera Instancia sobre un total de 80 y 8 vocalías de distintas salas de la Cámara sobre un total de 30.
  • También el IDEL advierte que la campaña de medios alentada desde los sucesivos gobiernos, contra la mal llamada industria del juicio, se lleva a cabo infamando a los abogados laboralistas y difamando al fuero del trabajo.
  • Se reitera en la ocasión la política económica que, a partir de una extorsión montada sobre la crisis, hizo pagar los costos del ajuste a los trabajadores reeditando el discurso y propiciando las mismas herramientas de flexibilidad que llevaron al país a una tasa de desempleo superior al veinte por ciento y propiciaron la tercerización y el fraude laboral y previsional que hoy impera.
  • Manifestaciones del presidente de la República, (recogidas el domingo 24 de julio en el diario La Nación) en las que expresa que una de las dos condiciones que esperan las inversiones para concretarse es “…una justicia laboral más equitativa, no tan volcada a encontrarle siempre la razón a una parte”, alientan un lamentable enfoque clasista que no puede ignorar ese estado de cosas.
  • Un auténtico aliento a las inversiones, no puede afirmarse con indiferencia de los derechos humanos y sociales, la defensa de los mismos y el respeto a la independencia del poder judicial que se agravia.
  • Acompaña a este proceso los anuncios, que pasan por otra nueva reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557, que se alienta desde sectores de gobierno, proponiendo el cese de la competencia laboral en los juicios de reparación de daños por infortunios propios de accidentes de trabajo y enfermedades causadas por el trabajo. Un artilugio procesal de ese tipo, consiste en una reaccionaria respuesta de censura, discriminante y contraria a la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos y Sociales que nos obligan. El fuero especializado tiene jerarquía supra legal por imperio del art. 36 de la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales, que prescribe: “JURISDICCIÓN DEL TRABAJO”: “En cada Estado debe existir una jurisdicción especial de trabajo y un procedimiento adecuado para la rápida solución de los conflictos”.
  • La campaña mediática referida a la llamada industria del juicio, acompaña a una política económica pro empresaria, que pretende socializar los costos de la reparación por daños resultantes tanto de la actividad lícita como la ilícita de los apropiadores del trabajo.
  • Este particular socialismo a contrapelo del que moderadamente se esboza en la Constitución, se torna en una burla de la misma cuando los seguros sociales obligatorios, pasan a servir para liberar de los daños que produce por el despido arbitrario o el infortunio de trabajo que se debía evitar y se provocó por incuria y violación sistemática de las normas de seguridad e higiene o el deber de indemnidad de los trabajadores. En innumerables ocasiones, los tribunales del país, han tenido que ejercer el control de constitucionalidad difuso sobre normas inspiradas en esa política social que viola derechos humanos y sociales.
  • Por lo demás, el mantenimiento de la legislación que inconstitucionalmente veda a los trabajadores, la actualización del valor de sus créditos y el sostenimiento judicial de tasas de interés, hace posible que con la morosidad sistemática en la judicialización de los daños por despidos e infortunios de trabajo, eternizadas en prologados y burocráticos procesos que sirven para financiar a empresarios deudores y sus aseguradoras. Son esas las causas objetivas que hacen que la justicia del trabajo sufra el recargo de tareas que padece, y los créditos alimentarios que en ella se procesan, se licúen a precio vil.
  • Los abogados deberán seguir cumpliendo con su ministerio, que cuando se trata de defender a los humildes, los honra tanto o más que cuando se defiende a los poderosos. Las corruptelas de los abusos que se dan en esa defensa, seguirán siendo condenados por el IDEL-FACA como graves desviaciones e ilícitas que bastardean una profesión a la que dañan. Pero la entidad tiene conciencia que el ejercicio profesional de la defensa de los trabajadores, honra. Pese a que por desviación totalitaria se intenta constituir al abogado, en el chivo expiatorio de una ciudadanía necesitada, a la que se debe y que por su intermedio alcanza el acceso a la justicia, lo que implica la garantía del debido proceso judicial ante el juez natural.

 
Buenos Aires, 3 de agosto del 2016.

  • Ricardo J. Cornaglia (Presidente del IDEL-FACA), Miembros de la Sección del Derecho del Trabajo: Juan Carlos Fernández Madrid, Néstor Rodríguez Brunengo, Moisés Meik, Guillermo Gianibelli, Juan I. Orsini, Guillermo Pajoni, Juan Formaro, Carlos Vásquez Ocampo.