La F.A.C.A. informa que en virtud del Convenio celebrado con la Defensoría General de la Nación, se procederá a la integración de listas de Defensores Públicos Coadyuvantes, en función de los arts. 15 y 34 de la Ley 27.149. Es decir la intervención del letrado como defensor será pura y exclusivamente para causas que tramiten ante el fuero federal.
La Federación asume el compromiso de elaborar anualmente y remitir entre los meses de octubre y diciembre un listado de hasta 20 profesionales de la matrícula por cada Colegio profesional, que será remitido por los mismos a F.A.C.A. La selección de los profesionales defensores coadyuvantes será realizada por el Ministerio Público de la Defensa de la zona donde deba intervenir el profesional.
Los listados de profesionales deberán estar conformados por aquellos matriculados que cumplan los siguientes requisitos mínimos:
a) Ser ciudadano argentino
b) Tener treinta (30) años de edad
c) Contar con seis (6) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial
d) Acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de inscripción en el listado
e) Contar con por lo menos seis (6) años de antigüedad en el título de abogado
f) Contra con certificado de carencia de antecedentes penales con la excepción al artículo 51 del Código Penal, vigente al momento de la inscripción al listado
g) No registrar sanciones y/o suspensiones ante el Organismo emisor de su matrícula
h) Todo otro requisito que parea el caso concreto estime pertinente el MPD
Los interesados deberán inscribirse en la sede de su Colegio debiendo suscribir al efecto el Formulario de Inscripción pertinente. En caso de superarse los 20 profesionales, será el Colegio de Abogados el que decida por medio de criterios objetivos decantar el número hasta llegar al techo supra indicado.
El tramite se debe realizar hasta el 12 de mayo del 2016, ya que las listas desde los Colegios profesionales serpan remitidas a la Federación durante el transcurso del mes de mayo.
Producida la necesidad los postulantes, integrantes del listado, serán notificados por correo electrónico y/o vía telefónica debiendo confirmar la aceptación de la asignación del caso y/o funciones.
Entre el Ministerio Público de la Defensa y el profesional designado se suscribirá un Convenio de Honorarios, siendo la obligada al pago la Defensoría General de la Nación.