CONVOCATORIA DEL CONSEJO ASESOR DE LA MAGISTRATURA DE TUCUMÁN

Se informa a los interesados en cumplir funciones de jurados en los procesos de selección que se sustanciarán para cubrir las vacantes de Magistrados y Fiscales de Primera Y Segunda Instancia y Defensores, en el Poder Judicial de la Provincia de Tucumán, que deberán remitir al Colegio de Abogados de Jujuy, hasta el día lunes 27 de marzo del cte. año a horas 20:00, los antecedentes profesionales, judiciales o académicos, indicando mediante nota su especialidad, y su conformidad e interés en integrar la lista de entre diez (10) a veinte (20) abogados con matrícula activa que remitirá el Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy.
Los requisitos y condiciones que deben tenerse en consideración, a los fines de la selección referida, se encuentran contenidos en el art. 18 del Reglamento Interno del Consejo Asesor de la Magistratura de Tucumán, que a continuación se transcribe íntegramente:
“El Consejo Asesor de la Magistratura elaborará al comienzo de su gestión y periódicamente listas de magistrados, abogados de la matrícula de la provincia y profesores titulares, asociados y adjuntos regulares, eméritos y consultos de derecho de las Universidades Nacionales, Estatales o Privadas, que hubiesen sido designados por concurso público de antecedentes y oposición, para que actúen como jurados en los procesos de selección que se sustanciarán. Las listas de jurados serán elaboradas por especialidades, que deben corresponderse con los fueros establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Para el estamento de jueces, en caso de no poderse completar el número requerido con los de un fuero específico, podrán ser completadas con los de un fuero de la misma materia que puedan subrogar a la anterior conforme la ley orgánica de tribunales. Dichas listas serán confeccionadas, previo requerimiento que el Consejo dirigirá, con la debida antelación, a los Colegios de Abogados de Tucumán y del Sur, A los Colegios de Abogados de las Provincias y al Colegio público de la Capital Federal, a la Federación Argentina de Colegios de abogados y asociaciones de abogados, a la Asociación de Magistrados de Tucumán y o de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional , y a las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales para que, en el plazo de diez (10) días, propongan un mínimo de 10 y un máximo de 20 candidatos a jurados por institución, que cumplan con los requisitos que el Consejo estime pertinentes, para cumplir con la función de jurado.
Las entidades deberán remitir los antecedentes profesionales, judiciales o académicos de los propuestos, indicar su especialidad y su conformidad con integrar la lista, y especificar el modo en que realizaron la selección. Si, tras el vencimiento del plazo fijado, no hubieran contestaciones suficientes, o éstas no reunieran las condiciones necesarias, el Consejo incluirá en la lista a jueces, abogados y profesores de derecho que, reuniendo las condiciones necesarias, no hubieran sido nominados en respuesta a los requerimientos efectuados, a los efectos de integrar las listas de jurados. El Consejo podrá ampliar las listas, en cualquier momento.”
CONSEJO DIRECTIVO CAJ