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El Instituto de Derecho Previsional – encabezado por la Dra. María del Huerto Gamarra de Vargas Duran y su Vicepresidente- Fernando Marcelo Cura se reunió con la Dra. Ana Gabriela Igarzabal Presidenta del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy a los fines de poner en conocimiento la situación que viven los matriculados que ejercen la profesión y se dedican a trámites previsionales, dando cuenta de que hace tiempo que distintas profesiones ajenas a lo jurídico se están inmiscuyendo en las tareas que la ley asigna exclusivamente a Abogados y Procuradores.
En este sentido, el Dr. Cura expresó: “En estos últimos meses, hemos visto con gran preocupación en los diarios publicaciones de profesionales que hacen tramites jubilatorios, sin tener en cuenta la situación particular del solicitante, sobre todo, sin considerar los regímenes convenientes, más favorables para la obtención del beneficio.” Además, agregó “los jujeños tienen que saber, que para realizar trámites en A.N.S.E.S.- además del personal del organismo, sólo pueden ser asesorados y gestionados por profesionales habilitados- como abogados y procuradores”.
Del mismo modo, la Dra. Gamarra de Vargas Duran indicó que “con este nuevo sistema de Atención Virtual que habilitó recientemente la ANSES, si bien permitió realizar trámites de modo remoto, sin que las personas deban concurrir a las UDAI; también permitió que cualquier persona -sin conocimiento alguno de la materia- pueda haberlo, comenzando a promocionar este servicio, generalmente en un ciber, sin generar ningún tipo de responsabilidad profesional para el supuesto gestor. Además de algunos contadores públicos, licenciados en economía o supuestos gestores que ofrecen ejecutar la jubilación sin el debido conocimiento jurídico y sin considerar las condiciones particulares de cada cliente. Se debe tener presente que, si un trámite de jubilación es iniciado de manera incorrecta, condena al beneficiario -de por vida- a percibir un haber menor al que le puede corresponder- situación que a veces ni con acciones judiciales se puede corregir. Claramente la Ley de Registración de Apoderados y Gestores de ANSES, determina quienes están habilitados para ser gestores, y aquel que no está comprendido en la misma incurre en un delito previsto y penado por la norma “Los abogados especialistas en Seguridad Social, conocen los aspectos a tener en cuenta para lograr el mejor beneficio considerando aquellos beneficios o regímenes aplicables en cada caso.”
Por último, el vicepresidente del Instituto, Dr. Fernando Marcelo Cura mencionó: “queremos instar a la sociedad a que conozca esta situación y que no crea en todos los mensajes que se genera en las redes sociales, es importante que se asesore con un abogado especialista en derecho previsional, porque cuando se inicia incorrectamente el trámite de jubilación, después es muy difícil revertirlo.”
Como conclusión de la reunión, analizaron el planteo de una acción penal, en la cual ya se encuentran trabajando en su preparación, además de reunirse con los distintos Colegios Profesionales, en reguardo de las incumbencias profesionales de los matriculados y matriculadas de esta Colegio de Abogados y Procuradores.
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