2° Comunicado en en el Marco del Plan de Contigencia
Teniendo presente que el artículo 6 del DNU del Poder Ejecutivo exceptúa del aislamiento obligatorio al “personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes” y aquellas “personas que deban atender una situación de fuerza mayor”.
El Colegio de Abogados de Jujuy, considerando que los servicios que brindan las y los matriculados son una actividad esencial en cuanto a Servicios de Justicia se refiere. Se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Decreto Nacional 297/2020 informó a los colegas que “en razón de ser la asistencia letrada una actividad esencial en cuanto al servicio de justicia, enumerado taxativamente en el articulo 6 inciso 3 del Decreto 297/2020 y, por consiguiente en las excepciones a la restricción de la movilidad allí establecidas. Siempre y cuando se respeten todas las medidas de seguridad dispuestas
En virtud de ello, esta institución pone a disposición los siguientes servicios:
1) Emisión de Constancia de inscripción en la matricula de forma gratuita, online y en soporte digital.
2) Puesta a disposición de un modelo de declaración jurada para poder transitar en casos de urgencia que así lo ameriten y en atención a lo dispuesto por la acordada N° 22/2020 del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy de la Feria Extraordinadia por el COVID 19. La misma debe estar acompañada de la matricula o constancia de inscripción y DNI. Desde el Colegio solicitamos a las y los colegas la utilización de esta herramienta con responsabilidad y solo para casos de extrema necesidad.
3) Linea telefónica de guardia. Donde un Consejero/a se encontrara a disposicion ante cualquier inconveniente en el ejercicio profesional.
Solicita tu constancia de inscripción a gerencia@colabojuj.org.ar