Acordada N° 33/2018 – Actualización de valores de gastos de movilidad para el diligenciamiento de mandamientos y cédulas

NOTA: LA PRESENTE ACORDADA MODIFICA EL PUNTO 1°) DE LA ACORDADA N° 177.
(Libro de Acordadas N° 21, Fº 66/67, Nº 33). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil dieciocho, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Clara A. De Langhe, Sergio Ricardo González, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, Federico Francisco Otaola, Beatriz Elizabeth Altamirano, Pablo Baca, José Manuel del Campo y María Silvia Bernal,
Consideraron:
Que el pedido efectuado a fojas 289 por el Secretario de Oficialía de Justicia Sr. Oscar Carlos Ibarra, solicitando la actualización de los valores fijados en concepto de gastos de movilidad para el diligenciamiento de mandamientos y cédulas a domicilio señala, que el costo de combustible de uso común en los vehículos de propiedad de los Oficiales de Justicia, es de $ 29,577 el litro sin contemplar los otros gastos de mantenimiento del automotor, sugiriendo la suma de $30.000 para  el diligenciamiento de cada mandamiento y cédula.
Que conforme lo requerido a fojas 291 la Contadora del Poder Judicial, C.P.N. Silvia La Bruna, eleva el informe obrante a fs. 292, estimando razonable el precio sugerido por los Señores Oficiales de Justicia para el diligenciamiento de cédulas y mandamientos.
Que, siendo de público conocimiento el aumento del costo de combustible como así también de los gastos de mantenimiento de los vehículos; tales circunstancias justifican la actualización de valores en concepto de gasto de movilidad solicitada por los Sres. Oficiales de Justicia.
En consecuencia, el Superior Tribunal de Justicia,
Resuelve:
1) Modificar el Punto 1°) de la Acordada N° 177 de fecha 21 de noviembre de 2017, fijándose una retribución de treinta pesos ($30,00), en concepto de gastos de diligenciamiento, por cada cédula  a domicilio diferente y por cada mandamiento tramitados por Oficialía de Justicia, respectivamente, a partir de la firma del presente.
2) Registrar, dejar copia en autos y notificar.
Firmado: Dra. Clara Aurora De Langhe de Falcone; Dr. Sergio Marcelo Jenefes; Dr. Federico Francisco Otaola; Dra. Beatriz Elizabeth Altamirano; Dr. Pablo Baca; Dr. José Manuel del Campo; Dra. María Silvia Bernal.