Resolución N°50/2023 Del Colegio de Escribanos de Jujuy

El colegio de Escribanos de Jujuy suscribió con el Poder Judicial de la Provincia la Resolución, el 15 de diciembre de 2022, relacionado con el Convenio de Diligencias Electrónicas

El Colegio de Escribanos de Jujuy, en su Resolución 50/2023,  RESUELVE:

Disponer el siguiente procedimiento -previo- a la emisión de los correspondientes informes relacionados con el Registro de Última Voluntad:

  1. Los abogados patrocinantes deberán realizar el depósito del Arancel vigente por cada uno de los causantes del proceso sucesorio EXCLUSIVAMENTE en el link de pago: https://botonpp.macroclick.com.ar/Link/e4c2956c-144b-4927-912a-5849D6ef69c. Es de cumplimiento obligatorio el llenado de todos y cada uno de los campos requeridos en el proceso de pago.
  2. El link antes referido, estará disponible en la página oficial del Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy: http://www.colesciuiuy.org.ar
  3. Luego de concretado el pago del arancel correspondiente, los abogados patrocinantes deberán incorporar/adjuntar en la plataforma digital: el comprobante de pago y el correspondiente escrito informando el cumplimiento de la obligación.
  4. En el momento en que el pago haya impactado en la base de datos del sistema de gestión electrónica y pueda ser visualizado por el Colegio de Escribanos al ingresar a: Inicio de Sesión – Bandeja de Entrada, esta entidad colegiada procederá a la emisión de la facturación correspondiente y el/los informe/s sobre la existencia 0 inexistencia de Actos de Última Voluntad del/los causantes de los procesos sucesorios.